A la División Espacios Públicos compete:
1- Instrumentar el desarrollo urbano y en el ámbito departamental de acuerdo con los planes vigentes, realizando y/o gestionando la ejecución de los proyectos y obras de carácter urbanístico, arquitectónico y paisajístico e intervenir en todo aquello que incida en el desarrollo físico de la ciudad (tanto de sus áreas urbanas como rurales).
2- Planificar y definir los lineamientos generales de actuación en los espacios públicos y caracterización de los distintos parques públicos.
3- Diseñar nuevos parques y espacios públicos y sus equipamientos, así como modificar o remodelar los existentes.
4- Realizar la revisión y proyecto de ordenanzas sobre espacios verdes y el arbolado del ornato público y privado, en coordinación con las Unidades Normativa existentes.
5- Definir normas de manejo y conservación para la gestión del arbolado urbano, así como la elaboración de los respectivos proyectos.
6- Efectuar el contralor y cumplimiento de las disposiciones vigentes relacionadas con las áreas verdes y el arbolado del ornato público.
7- Controlar, en coordinación con los Gobiernos Municipales y los Servicios Centros Comunales Zonales cuando corresponda, las cesiones de uso de áreas de espacios públicos en general, y en particular en parques y faja costera.
8- Supervisar la conformación y el mantenimiento de la información sobre los espacios públicos en lo relacionado con edificaciones y equipamiento existente, el relevamiento de especies vegetales y el deslinde de áreas otorgadas en concesión
9- Atender la patología vegetal y el tratamiento fitosanitario de áreas verdes y árboles del ornato público.
10- Asesorar, proyectar, licitar, dirigir y realizar obras nuevas, ampliaciones, reformas y trabajos de conservación y mantenimiento de espacios públicos y edificios de la Intendencia, en coordinación con las restantes dependencias competentes.
11- Conservar, acondicionar y crear espacios exteriores de uso público.
12- Efectuar el mantenimiento de elementos de equipamiento urbano, juegos de niños, bancos, casillas de playa y vigilancia, fuentes, monumentos y similares.
13- Informar solicitudes de afectaciones urbanísticas vigentes para cada predio.
14- Aprobar solicitudes de permisos de construcción, regularizaciones o reformas de construcciones existentes y obras nuevas.
15- Verificar el estado de las fincas, informar si son ruinosas, verificar que se dé cumplimiento a los informes técnicos sobre consolidación, guardia permanente de arquitectos vinculados al Cuerpo Nacional de Bomberos para apoyo técnico de las fincas con siniestro.
16- Evacuar consultas sobre la viabilidad de proyectos o tolerancia a construcciones existentes o proyectadas.
17- Expedir copias de actuaciones correspondientes a permisos de construcción autorizados, de obras sanitarias y de usos del suelo y habilitaciones, si correspondiere.
18- Resolver paralizaciones de obras y gestionar inicios anticipados.
19- Realizar inspecciones de obras sin permiso, finales de obras culminadas de locales industriales y comerciales, así como también inspecciones de sanitarias internas.
20- Conceder las habilitaciones de locales en que funcionen establecimientos industriales o comerciales instalados en edificios públicos o privados, con excepción de aquellos que estén eximidos de cumplir con dicho requisito.
21- Informar y autorizar viabilidades de uso para implantación de establecimientos industriales y comerciales y otros usos no residenciales según lo establecido en la normativa correspondiente.
22- Realizar cotejos de planos en propiedad horizontal.
23- Preservar los cursos de agua, la red de alcantarillado y pavimentos públicos de desagües nocivos o inadecuados provenientes de predios privados.
24- Realizar el contralor de las instalaciones de abastecimiento de agua potable y de desagües pluviales, domiciliarios e industriales, a construirse o existentes en predios privados de todo el Departamento.
25- Entender en los tramites de obras sanitarias construidas o a construirse y otorgar permiso sanitario.
26- Plantar, mantener y podar el arbolado del ornato público y de áreas verdes de espacios públicos.
27- Tendrá a su cargo el mantenimiento de los parques de las distintas necrópolis, sus arbolados y enjardinados.
28- A traves de la “Unidad Gestión del Espacio Modelo”:
a) la administración, gestión y conservación de las instalaciones y demás infraestructuras existentes en dicho espacio;
b) la administración, gestión, coordinación y difusión de las actividades sociales, culturales, comerciales, deportivas y recreativas que se desarrollen en los diversos sectores del espacio, propiciando la participación y la inclusión ciudadana, a cuyos efectos elaborará un plan estratégico y agenda periódica en coordinación con la División Espacios Públicos;
c) la adopción de las medidas de seguridad y vigilancia del predio y de sus instalaciones, con el fin de preservar su integridad y permitir la adecuada convivencia de quienes concurran a el;
d) la realización de las obras y mejoras que estime pertinentes conforme al destino del espacio, actuando en coordinación con la División Espacios Públicos.