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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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Digesto Departamental
Volumen II Procedimiento.Competencia

Libro II
Del procedimiento
Parte Reglamentaria
Título I
Del procedimiento administrativo
Nota:

Por Resolución IM Nº 3060/16 de fecha 4 de julio de 2016 se dispuso que a partir del 21 de junio de 2016 la Intendencia de Montevideo inició la tramitación de su gestión administrativa, en los Municipios y todas las dependencias del Ejecutivo, solamente a través de la herramienta "Expediente Electrónico" en la forma prevista en la Resolución 4824/15 de 19/10/15.

Capítulo III
De la sustanciación del Procedimiento Administrativo

Artículo R.70 ._

Documentos secretos, confidenciales y reservados.
Los documentos o piezas podrán ser calificados como secretos, confidenciales o reservados.

Deberán considerarse como secretos aquellos documentos que contengan información que así fue calificada por la ley o por Decreto de la Junta Departamental.

La calificación de confidencial o de reservado solo podrá ser efectuada por el/la Intendente/a o por quienes ejerzan las facultades por él/ella delegadas.

FuenteObservaciones
num. 5
num. 1
R.88
art. 43
R.88