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Digesto Departamental
Volumen II Procedimiento.Competencia

Libro I
De la organización y de la competencia
Parte Reglamentaria
Título II
De la competencia de los órganos de la Intendencia
Capítulo I
De los cometidos de los órganos ejecutivos y de sus dependencias

Artículo R.19.53 ._

A la División Relaciones Internacionales y Cooperación compete:

1. Articular el relacionamiento internacional del Intendente y de la Intendencia de Montevideo buscando generar un alto impacto sobre el bienestar de sus habitantes.

2. Fomentar la inserción internacional y la integración regional de Montevideo articulando las acciones de todos sus Departamentos y Divisiones de forma que contribuyan a una mayor eficacia en su accionar conjunto.

3. Consolidar a la Intendencia de Montevideo como gestor de la cooperación internacional, y liderar proyectos y/o programas de cooperación en que intervenga la Intendencia; con especial énfasis en la cooperación Sur - Sur y la triangular como vías para favorecer el desarrollo.

4. Actuar en forma acorde a las definiciones estratégicas de la Intendencia, coordinando en forma transversal con el resto de los Departamentos y Divisiones, utilizando el modelo de gestión matricial.

5. Interactuar con el resto de los Departamentos y Divisiones en el marco de la localización de los Objetivos de Desarrollo Sostenible y la aplicación de la Nueva Agenda Urbana.

6. Procurar el relacionamiento exterior de la Intendencia de Montevideo consolidado en su apertura a la región y el resto del mundo.

7. Promover una ciudad de Montevideo interactuando con las principales capitales y con las más importantes ciudades del mundo.

8. Coordinar en forma eficiente todas las acciones internacionales de la Intendencia, de modo de ser aceptada y respetada externa e internamente.

9. Promover relaciones internacionales y de cooperación de la Intendencia de Montevideo con impacto positivo sobre la vida de los habitantes.

10. Impulsar un liderazgo técnico y político reconocido por las principales ciudades de la región y del mundo en el ámbito de MERCOCIUDADES, UCCI y CGLU y otros foros y redes mundiales, tanto temáticos específicos como generalistas.

11. Propiciar un fuerte involucramiento con todos los actores de nivel nacional que participan en la conformación de la agenda internacional del país desarrollado.

12. Cumplir un papel de colaboración plena de la Intendencia de Montevideo en el diseño, implementación, monitoreo y evaluación de las relaciones internacionales de los niveles departamentales y municipales existentes en el Uruguay.

13. Promover una gestión por resultados, generando indicadores cualitativos y cuantitativos para evaluar la misma periódicamente.

14. Apuntar a tener una División comprometida con los objetivos estratégicos de la Intendencia y acorde a la construcción de una ciudad de derechos, de convivencia, inteligente e inclusiva.

15. A través de la Secretaría de Asuntos Multilaterales:

a) Asesorar, proponer y/o ejecutar las decisiones en lo atinente a asuntos con organismos multilaterales y redes internacionales de ciudades de las que Montevideo forme parte o cuya actividad interese a ésta, con excepción de las que la dirección defina excluir.

b) Coordinar todo lo relativo a la participación de Montevideo en cumbres, foros, discusiones, congresos, conferencias y cualquier otro tipo de encuentro multilateral internacional en la que intervenga la ciudad en carácter de organizador, co-organizadora o participante, con afluencia de redes de ciudades u organismos internacionales sobre temas de la agenda internacional en general y en particular sobre temática de interés local previamente definida como prioritaria por la dirección.

c) Procesar, evaluar y/o asesorar a la dirección sobre las solicitudes de adhesión y pertenencia a nuevas redes internacionales de ciudades y ejecutar las decisiones en ese sentido.

d) Proponer, evaluar y/o asesorar a la dirección sobre postulación a candidaturas a ocupar cargos internacionales en organismos y redes multilaterales de los que Montevideo forme parte.

e) Coordinar las redes de ciudades de las que Montevideo participa, con excepción de las definidas por la dirección.

f) Sistematizar toda la información del trabajo en redes de ciudades, clasificarla a fin de identificar áreas de oportunidad vinculadas a la acción internacional y agenda global.

g) Asesorar en materia de suscripción de acuerdos, memorandos, convenios, cartas de intenciones y afines, de carácter multilateral.

h) Toda otra competencia que le sea asignada expresamente por la Dirección de la División y que tenga relación con asuntos de carácter multilateral.

FuenteObservaciones
num. 2
num. 1
num. 2
num. 3