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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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Digesto Departamental
Volumen II Procedimiento.Competencia

Libro II
Del procedimiento
Parte Reglamentaria
Título I
Del procedimiento administrativo
Nota:

Por Resolución IM Nº 3060/16 de fecha 4 de julio de 2016 se dispuso que a partir del 21 de junio de 2016 la Intendencia de Montevideo inició la tramitación de su gestión administrativa, en los Municipios y todas las dependencias del Ejecutivo, solamente a través de la herramienta "Expediente Electrónico" en la forma prevista en la Resolución 4824/15 de 19/10/15.

Capítulo IV
De la finalización
Sección I
Culminación del trámite

Artículo R.77 ._

Inacción de las personas interesadas.
Cuando vencidos los plazos estipulados en el artículo R. 54, la inacción de las personas interesadas impida a la Administración continuar la sustanciación del trámite, ésta deberá pronunciarse sin más sobre el fondo del asunto, con los elementos de juicio reunidos en el expediente.

FuenteObservaciones
num. 5
num. 1
R.94