Exceptúase de lo dispuesto en el Art. R.104, a la documentación para la cual la normativa nacional estableciere otro plazo de conservación.
La documentación respaldante de los pagos de facturas de tributos y tarifas departamentales (talonarios), así como la emitida por el Servicio de Tesorería no referida a egresos, será enviada oportunamente al Archivo de la Ciudad de Montevideo y eliminada una vez transcurridos dieciocho (18) meses desde su ingreso.
Asimismo, el Servicio Médico podrá proceder a la destrucción de los Carnés de Salud que no hayan sido retirados por sus titulares, así como las respectivas fichas, al término del plazo de su vigencia.