Si existiese prueba documental sobre los hechos imputados, se agregará al sumario; en su defecto, testimonio de los documentos, poniéndose constancia del lugar donde se encuentra el original.
Los hechos relevantes para la decisión del procedimiento disciplinario podrán acreditarse por cualquier medio lícito de prueba (fotografías, fotocopias, croquis, cintas magnetofónicas, así como por todo otro medio hábil que provea la técnica).