Back to top
La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.

Digesto Departamental
Volumen IV Ordenamiento Territorial, Desarrollo Sostenible y Urbanismo.
Nota:

El artículo 1º del Dto. JDM Nº 33.934 de 24/10/11 derogó el Decreto JDM Nº 26.817 de 08/01/96 y el Dto. JDM Nº 33.583 de 08/11/10 que establecían un régimen especial de entrada en vigencia de las normas sobre Higiene de la Vivienda, Locales Comerciales e Industriales y Urbanismo.

ATENCIÓN: EL VOLUMEN IV DEL DIGESTO DEPARTAMENTAL CAMBIÓ SU DENOMINACIÓN, ESTRUCTURA Y NUMERACIÓN. Ver Dto. JDM Nº 34.870 de 25 de noviembre de 2013, arts. 2º, 3º y 11º, este último en la redacción dada por Dto. JDM Nº 34.889 de 5 de diciembre de 2013, art. 1º.


Libro II
Instrumentos del ámbito departamental
Parte Legislativa
Apartado II Plan de Ordenamiento Territorial. Urbanismo
Título V
De las normas de régimen patrimonial en suelo urbano
Capítulo III
Normas particulares
Sección III
Carrasco-Punta Gorda

Artículo D.223.272.36 ._

Zonificación. Dentro de los límites establecidos en el artículo precedente se delimitan diferentes áreas y sus respectivas zonas, subzonas, y tramos, para las cuales se determinará, en cada caso, los tipos de valoración y gestión patrimonial, así como la normativa aplicable.
ÁREA 1. 
Comprende el área de mayor calificación de Carrasco, considerando como un conjunto las subzonas que cumplen con tal condición, al sur y norte de Avenida Italia.
Le corresponden las valoraciones patrimoniales Máxima, Alta, Media y Baja del Catálogo Patrimonial según se establece en cada subzona. Los criterios a aplicar en cada caso se explicitan en la Memoria de Ordenación. 
ZONA 1.A. Casco Antiguo de Carrasco.
Abarca la zona comprendida entre las calles:
Puntas de Santiago; Lieja; Santa Mónica; Avenida Gral. Rivera; Mar del Plata; Acapulco, Río de la Plata. 
Le corresponde la valoración patrimonial Máxima del Catálogo Patrimonial. Los criterios a aplicar en cada caso se explicitan en la Memoria de Ordenación.
ZONA 1.B. Ubicada al oeste y norte del Casco Antiguo de Carrasco.
Abarca la zona comprendida entre las calles:
Puntas de Santiago; Lieja; Miami; Avenida Italia acera sur; Havre ambos frentes; Avenida Almirante Harwood ambos frentes hasta la Avenida Bolivia; Avenida Bolivia; Río de la Plata.
Le corresponde la valoración patrimonial Alta del Catálogo Patrimonial. Los criterios a aplicar en cada caso se explicitan en la Memoria de Ordenación. 
ZONA 1.C. Ubicada al este de 1.A, Sur de Avenida Italia.
Comprende las subzonas 1.C.a. y 1.C.b.
La subzona 1.C.a. abarca el área determinada por las siguientes calles:
Acapulco; Mar del Plata; Avenida Rivera; Santa Mónica; Lieja; Miami; Avenida Italia acera sur; Lido; Río de la Plata.
A esta subzona le corresponde la valoración patrimonial Alta del Catálogo Patrimonial.
Los criterios a aplicar en cada caso se explicitan en la Memoria de Ordenación.
La subzona 1.C.b. abarca el área determinada por las siguientes calles:
Lido; Avenida Italia acera sur; Arroyo Carrasco; Río de la Plata.
A esta subzona le corresponde la valoración patrimonial Baja del Catálogo Patrimonial.
Los criterios a aplicar en cada caso se explicitan en la Memoria de Ordenación. 
ZONA 1.D. Ubicada al Norte de Avenida Italia.
Abarca la zona comprendida entre las calles:
General Nariño; General Máximo Tajes; Dr. Celedonio Nin y Silva; Arroyo Carrasco; Dr. Eugenio Martínez Thedy; Avenida Italia acera norte.
Le corresponde la valoración patrimonial Alta del Catálogo Patrimonial. Los criterios a aplicar en cada caso se explicitan en la Memoria de Ordenación.
ÁREA 2.
Comprende el área más calificada del actual barrio de Punta Gorda, considerando como un conjunto las subzonas caracterizadas que cumplen con tal condición.
Le corresponden las valoraciones patrimoniales Alta y Media del Catálogo Patrimonial según se establece en cada subzona.
Los criterios a aplicar en cada caso se explicitan en la Memoria de Ordenación. 
ZONA 2.A. Núcleo en la Península de Punta Gorda.
Abarca la zona comprendida entre las calles:
Coimbra; Rambla República de México hasta Coimbra.
A esta zona le corresponde la valoración patrimonial Alta del Catálogo Patrimonial. Los criterios a aplicar en cada caso se explicitan en la Memoria de Ordenación. 
ZONA 2.B. Punta Gorda Este.
Abarca la zona comprendida entre las calles:
Parque Eugenio Baroffio incluida la manzana catastral Nº 7202; Palmas y Ombúes ambos frentes; San Marino ambos frentes; Avda. Bolivia; Rambla República de México; Coimbra; Rambla O´Higgins.
Le corresponde la valoración patrimonial Media del Catálogo Patrimonial.
Los criterios a aplicar en cada caso se explicitan en la Memoria de Ordenación. 
ÁREA 3 
Le corresponde la valoración patrimonial Media del Catálogo Patrimonial. Los criterios a aplicar en cada caso se explicitan en la Memoria de Ordenación.
Comprende las zonas 3.A. y 3.B.
ZONA 3.A.
Abarca la zona comprendida entre las calles:
Parque Eugenio Baroffio; Avenida Italia acera sur; Avenida Bolivia; San Marino excluida; Palmas y Ombúes excluida.
ZONA 3.B.
Abarca la zona comprendida entre las calles: 
Avenida Italia acera sur; Havre excluida; Almirante Harwood excluida; Avda. Bolivia.
TRAMO
Avenida Italia acera norte entre la calle José Ordeig y el Arroyo Carrasco, incluyendo al predio Padrón Nº 416.370 con frente a la calle José Ordeig.

FuenteObservaciones
art. 1
art. D.272.36
art. 1
art. 11
art. 2
art. D.272.36