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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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Digesto Departamental
Volumen IV Ordenamiento Territorial, Desarrollo Sostenible y Urbanismo.
Nota:

El artículo 1º del Dto. JDM Nº 33.934 de 24/10/11 derogó el Decreto JDM Nº 26.817 de 08/01/96 y el Dto. JDM Nº 33.583 de 08/11/10 que establecían un régimen especial de entrada en vigencia de las normas sobre Higiene de la Vivienda, Locales Comerciales e Industriales y Urbanismo.

ATENCIÓN: EL VOLUMEN IV DEL DIGESTO DEPARTAMENTAL CAMBIÓ SU DENOMINACIÓN, ESTRUCTURA Y NUMERACIÓN. Ver Dto. JDM Nº 34.870 de 25 de noviembre de 2013, arts. 2º, 3º y 11º, este último en la redacción dada por Dto. JDM Nº 34.889 de 5 de diciembre de 2013, art. 1º.


Libro II
Instrumentos del ámbito departamental
Parte Legislativa
Apartado II Plan de Ordenamiento Territorial. Urbanismo
Título V
De las normas de régimen patrimonial en suelo urbano
Capítulo III
Normas particulares
Sección III
Carrasco-Punta Gorda

Artículo D.223.272.36.4 ._
DEROGADO

Este artículo fue derogado tácitamente por Dto. JDM Nº 35.113 de 1º/07/14, art. 1º.


Vías con normativa particular.
RAFAEL BARRADAS
La Sub-zona especial Rafael Barradas abarca:
Los predios frentistas a la calle Rafael Barradas desde Rambla Tomás Berreta hasta Avenida Italia.
Determinaciones
Rigen las siguientes determinaciones generales:
a- Edificación individual (hasta dos unidades)
Rigen las condiciones propias de la zona 1Cb, a la que pertenece esta calle.
b- Edificación colectiva (tres o más unidades)
Ancho mínimo de predio: 24 metros
FOS: 35%
Último piso: Área máxima 10% de la superficie del padrón.
FOSS: ídem FOS
Altura máxima: 15 metros
Niveles: 5 más subsuelo
Número máximo de unidades: una unidad cada 100 metros cuadrados de terreno
Número mínimo de garajes: 1 por unidad.
Retiros:
-Frontal: 8,50 metros
-Lateral:
Bilateral de 1/ 5 del ancho del predio (cada uno).
Para los predios esquina, en todos los casos, independientemente del ancho del predio, existirá retiro    bilateral de 1/5 del ancho del predio.
-Posterior: 25% del área del predio y su profundidad, en caso de predios irregulares, no será en ningún caso menor a 6 metros de la divisoria posterior más alejada del frente del mismo.
AVDA. ALFREDO AROCENA
Abarca:
Los predios frentistas a la Avda. Alfredo Arocena entre Carlos F. Sáez y Avda. Rivera.
Determinaciones
Rigen las siguientes determinaciones generales.
a- Edificación individual (hasta dos unidades)
Rigen las condiciones propias de la zona 1.A.
b- Edificación colectiva (tres o más unidades)
FOS: 70%
FOSS: ídem FOS
Altura máxima: 9 metros
Niveles: 3 (PB comercial más 2)
Número máximo de unidades: una unidad cada 100 metros cuadrados de terreno.
El estacionamiento en todos los casos debe resolverse fuera del retiro frontal.
No se admitirá el cerramiento total del área de retiro, aún en los locales con destino gastronómico.
Retiros:
- Frontal: 7 metros
- Laterales:
En Planta Baja no será obligatorio el retiro lateral. En las demás plantas el edificio tendrá retiro bilateral de 3 metros.
El retiro lateral en Planta Alta dependerá de la forma de asociación con los linderos, considerando la existencia o no  de medianeras expuestas.
- Posterior: 20% del área del predio y su profundidad no será en ningún caso menor a 6 metros de la divisoria posterior del predio, cuidando en los cambios de destino que los mismos no afecten a los predios linderos posteriores.
c- Valoración patrimonial: Media
AVDA. ALFREDO AROCENA – ALBERDI
Abarca:
Los predios frentistas a la Avda. Alfredo Arocena – Avda. Juan Bautista Alberdi, entre Lieja y Havre.
Es considerada una zona de promoción para destino comercial de abastecimiento diario, ocasional, oficinas y construcciones en Propiedad Horizontal.
Determinaciones
Rigen:
a- Edificación individual (hasta dos unidades)
Rigen las condiciones propias del de la zona 1B
b- Edificación colectiva (tres o más unidades)
Ancho mínimo del predio para este tipo de programa: 27 metros
FOS: 35%
Último piso: Área máxima 20% de la superficie del padrón.
FOSS: ídem FOS
Altura máxima: 12 metros
Niveles: 4 más subsuelo
Número máximo de unidades: una unidad cada 100 metros   cuadrados de terreno.
Número mínimo de garajes: 1 por unidad
Se admitirán a nivel de Planta Baja, locales comerciales. La superficie mínima de los locales comerciales será de 50 metros cuadrados de terreno (con baño y kitchenette).
Retiros:
-Frontal: 7 metros (para predios esquina en ambas calles)
-Laterales: Bilateral de 4 metros
-Posterior: 20% del área del predio, cuya profundidad no será, en caso de predios irregulares, menor a 6 metros de la divisoria posterior del predio.
AVDA. JUAN BAUTISTA ALBERDI
Abarca:
Los predios frentistas a la Av. Juan Bautista Alberdi desde Havre hasta Portones.
Uso residencial en entorno particularmente revalorizado a partir de su valor patrimonial como entrada original al balneario. El espacio público así como el área de Portones de Carrasco, y la intersección con la Av. Cooper deberán ser objeto de un Proyecto de Detalle.
Determinaciones:
Rigen las condiciones generales para la zona 3B.
AVDA. BOLIVIA
Abarca:
La Avenida Bolivia en su encuentro con la Avenida Juan Bautista Alberdi y con Avenida Italia. Se incluyen los predios padrones Nros. 146.055, 146.053, 194.127, 186.933, 64.709, 18.693 y 6.341 en el cruce con Avenida Italia; y los predios padrones Nros. 405.028, 405.027, 102.981, 102.980, 147.438, 102.979, 405.336, 63.497, 115.849, 196.936, 196.937, 196.938, 196.883, 196.884, en el cruce con Avenida Juan Bautista Alberdi.
Se deberá realizar un proyecto de detalle que será evaluado por la oficina competente. Mientras ello no ocurra, regirán las condiciones propias de cada sub-zona.
AVDA. ITALIA
Abarca:
Distintos tramos desde la calle J. Ordeig al norte y Parque Arq. Eugenio Baroffio al sur, hasta el puente sobre el Arroyo Carrasco.
Determinaciones:
Según cada tramo serán las siguientes:
Tramo 1 - comprendido entre J. Ordeig y Gral. Nariño al norte, incluyendo al predio padrón Nº 416.370 con frente a la calle J. Ordeig.
Acera norte: entre J. Ordeig (acera este) y Gral. Nariño (ambos frentes) regirán condiciones de promoción, habilitando la construcción de edificios de propiedad horizontal exentos, con cuatro fachadas de igual calidad de tratamiento cada una.
Rigen las siguientes determinaciones generales:
a- Edificación individual (hasta dos unidades)
Rigen las condiciones propias de la zona que limita, a excepción del Retiro Frontal, que en todos los casos será de 15 metros.
b- Edificación colectiva (tres o más unidades)
Ancho mínimo para este tipo de programas: 27 metros.
FOS: 25%
Número máximo de unidades: una unidad cada 100 metros cuadrados de terreno.
Altura Máxima: 15 metros.
Número mínimo de garajes: 1 por unidad.
De acuerdo a las consideraciones que se realizarán en el apartado “Usos en Avenida Italia” se admitirán a nivel de Planta Baja locales comerciales. La superficie mínima de los locales comerciales será de 150 metros cuadrados (con baño privado y kitchenette).
Retiros:
-Frontal: el establecido para edificación individual más 1,50 metros
-Laterales:
Bilateral: de 1/5 del ancho del predio (cada uno), incluidos los predios esquina, independientemente del ancho del mismo.
-Posterior: 25% del área del predio y su profundidad en caso de predios irregulares no será en ningún caso menor a 6 metros de la divisoria posterior más alejada del frente del mismo.
FOSS: Según cota topográfica existen 2 casos: Caso 1 y Caso 2. La cota topográfica determinará la realización o no del subsuelo. Solo se admitirá éste a partir de la cota 10, el establecido para la edificación individual 02 de la “Memoria de Información” - Carta Topográfica- Plan Especial de Ordenación, Protección y Mejora de Carrasco y Punta Gorda.
Caso 1:
ÚLTIMO PISO: Área máxima 10% de la superficie del padrón, en caso de que pueda realizarse el subsuelo
FOSS= ídem FOS
Niveles: 5 + subsuelo
Caso 2:
ÚLTIMO PISO: Área máxima 25 % de la superficie del padrón, en caso de que pueda realizarse el subsuelo.
FOSS= 0 (no se admite subsuelo)
Niveles: 5
FOS último nivel: 25%
Normativa Particular
Padrones Nros. 416.370, 146.032, 146.033 y 146.034, ubicados en Avda. Italia y José Ordeig: debido a las dimensiones y disposición de estos predios, el retiro frontal de 15 metros correspondiente a Avda. Italia afectará también a dichos padrones, incluyendo al sector posterior del padrón N° 416.370, con las mismas condicionantes y limitaciones que rigen para retiros frontales. El predio padrón Nº 416.370 con frente a la calle J. Ordeig, tendrá un retiro frontal sobre la calle Ordeig de 7 metros.
Tramo 2 - comprendido entre Dr. Carlos Butler y Parque Arq. Eugenio Baroffio.
Acera Sur: entre el Parque Baroffio y Butler.
Regirán condiciones de promoción, habilitando la construcción de edificios de Propiedad Horizontal exentos, con cuatro fachadas de igual calidad de tratamiento cada una.
Determinaciones:
Rigen:
a- Edificación individual (hasta dos unidades)
Rigen las condiciones propias de la zona que limita, a excepción del Retiro Frontal, que en todos los casos será de 15 metros.
b- Edificación colectiva (tres o más unidades)
Ancho mínimo para este tipo de programas: 27 metros.
FOS: 25%
Número máximo de unidades: una unidad cada 100 metros cuadrados de terreno.
Altura Máxima: 12 metros.
Número mínimo de garajes: 1 por unidad
Retiros:
-Frontal: el establecido para edificación individual más 1,50 metros.
-Laterales:
Bilateral: de 1/5 del ancho del predio (c/u), incluidos los predios esquina, independiente del ancho del mismo.
-Posterior: 25% del área del predio y su profundidad en caso de predios irregulares no será en ningún caso menor a 6 metros de la divisoria posterior más alejada del frente del mismo.
FOSS: Según cota topográfica existen 2 casos: Caso 1 y Caso 2. La cota topográfica determinará la realización o no del subsuelo. Solo se admitirá éste a partir de la cota 10, el establecido para edificación individual 02 de “Memoria de Información”- Carta Topográfica- Plan Especial de Ordenación, Protección y Mejora de Carrasco y Punta Gorda.
Caso1:
ÚLTIMO PISO Área máxima 10% de la superficie del padrón en caso de que pueda realizarse el subsuelo
FOSS= ídem FOS
Niveles: 4 + subsuelo
Caso 2:
ÚLTIMO PISO Área máxima 25 % de la superficie del padrón en caso de que no pueda realizarse el subsuelo.
FOSS= 0 (no se admite subsuelo)
Niveles: 4
Tramo 3 - comprendido entre el puente sobre Arroyo Carrasco y Dr. Carlos Butler al sur y Gral. Nariño al norte.
Rigen las condiciones propias de cada sub-zona, con predominio de construcciones residenciales de baja altura. El Retiro Frontal, en todos los casos será de 15 metros.
Usos de suelo en Avda. Italia.
De acuerdo a los tramos que se identifican a continuación, se admitirá la adecuación de las edificaciones existentes o la instalación de locales con destinos no residenciales, con un área mínima de 150 metros cuadrados con baño y kitchenette, previo análisis de la oficina competente, condicionado a que la actividad no resulte distorsionante respecto al uso predominante en la zona y en tanto se cumpla con las siguientes pautas:
- Programa o actividad compatible con el área residencial que no produzca impacto negativo a su entorno.
- Estacionamiento resuelto dentro del área del predio y fuera del área de retiro frontal.
- Características tipo morfológicas acordes a su contexto.
- Diseño integral de calidad que incluya todos los elementos.
- Cartelería, enjardinado, pavimentos, exhibición de mercadería
- Se impedirá la ocupación de retiros laterales y posteriores con depósitos o locales de servicio, debiendo generar un perímetro enjardinado en esas áreas para lograr mitigar impacto de uso y visual hacia el entorno residencial y hacia el corazón de la manzana.
- Quedan expresamente excluidos destinos tales como automotoras, ferreterías, talleres mecánicos, barracas, leñeras u otro tipo de actividades que por su alto grado de intercambio afecten el sistema vehicular y al tránsito en general.
Se identifican tres tramos o sectores:
Sector 1: Parque Baroffio hasta Cooper
Sector 2: Cooper hasta Santa Mónica – Dr. Blanco Acevedo
Sector 3: Santa Mónica – Dr. Blanco Acevedo hasta el Puente sobre Arroyo Carrasco
Parque Baroffio hasta Cooper.
En este tramo se admite la instalación de comercios, condicionado a las características enumeradas anteriormente.
Cooper – Santa Mónica (al norte) / Carlos Butler (al sur).
Predominio del Uso Residencial.
Propiciar instalaciones comerciales puntuales analizando en cada caso su viabilidad.
Santa Mónica (al norte) / Carlos Butler (al sur) - Puente Carrasco.
Se detectan dos situaciones diferenciadas al norte y al sur de este tramo.
SUR
Uso residencial consolidado fuertemente.
Se considera inviable la instalación de comercios en esta área definiéndose como zona de máxima restricción en el uso comercial y de servicios.
NORTE
Existe un sistema de espacios públicos sobre Máximo Tajes vinculados por Pasajes Peatonales a Avenida Italia. La existencia de comercios de la zona asociados a estos, podrían contribuir a su mejoramiento y mayor uso por lo que se admite exclusivamente -asociados a dichos espacios- la instalación de destinos no residenciales al servicio de la zona, dentro de las características enumeradas anteriormente.

FuenteObservaciones
art. 1
art. D.272.36.4
art. 1
art. 11
art. 3
art. D.272.36.4