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Digesto Departamental
Volumen IV Ordenamiento Territorial, Desarrollo Sostenible y Urbanismo.
Nota:

El artículo 1º del Dto. JDM Nº 33.934 de 24/10/11 derogó el Decreto JDM Nº 26.817 de 08/01/96 y el Dto. JDM Nº 33.583 de 08/11/10 que establecían un régimen especial de entrada en vigencia de las normas sobre Higiene de la Vivienda, Locales Comerciales e Industriales y Urbanismo.

ATENCIÓN: EL VOLUMEN IV DEL DIGESTO DEPARTAMENTAL CAMBIÓ SU DENOMINACIÓN, ESTRUCTURA Y NUMERACIÓN. Ver Dto. JDM Nº 34.870 de 25 de noviembre de 2013, arts. 2º, 3º y 11º, este último en la redacción dada por Dto. JDM Nº 34.889 de 5 de diciembre de 2013, art. 1º.


Libro II
Instrumentos del ámbito departamental
Parte Legislativa
Apartado II Plan de Ordenamiento Territorial. Urbanismo
Título XI
URBANISMO. Disposiciones vigentes según art. 4º y 7º del Dto. JDM 28.242 de 16/09/1998.
Capítulo I
Amanzanamientos, Fraccionamientos y Retiros
Sección I
Obras en edificios afectados por ensanche y/o retiro.

Artículo D.224.224 ._

OCHAVA.- La ejecución de la ochava reglamentaria y de la provisoria, se ajustará a las condiciones siguientes: A) En predios libres de construcciones: para obras nuevas, se exigirá la ochava reglamentaria, en la intersección de las alineaciones definitivas, de acuerdo con las normas vigentes; y,
B) En predios ocupados con construcciones: se exigirá la ejecución de una ochava provisoria, en la intersección de las líneas de edificación existentes, cuando se realicen obras en la zona afectada por dicha servidumbre.

FuenteObservaciones
art. 1
art. 11
art. 3
(art. D.224 del Vol. IV Urbanismo)
art. 5
(art. D.224 del Vol. IV Urbanismo)
Nota:

Ver artículo 7º del Dto. JDM 28.242 de 16/09/98.