Norma General de edificación -
Todas las obras de reforma, ampliación o nuevas en las zonas definidas en el Art. D. 473.13 deberán cumplir con lo establecido en los Arts.D.464 y siguientes sobre el Area Caracterizada Carrasco-Punta Gorda (Sub-zona C1 y C2).
Solamente se autorizarán las demoliciones cuando de un pormenorizado análisis de la construcción existente se compruebe que no posee valores testimoniales a preservar y previa aprobación de una propuesta de nueva construcción o jardinería.