(Funcionarios del Servicio de Obras por Administración. Catergoría Obrera y de Oficios) Incorporar, a partir del 1 de febrero de 1994, y hasta el 30 de julio del mismo año, al régimen de sexto día de trabajo, y a su correspondiente compensación, a los funcionarios del Servicio de Obras por Administración dependiente del Departamento de Obras por Administración dependiente del Departamento de Obras y Servicios a la Comunidad, pertenecientes a la Categoría Obrera y de Oficios.
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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.
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