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Digesto Departamental
Volumen XV Planeamiento de la Edificación.
Nota:

Por Res.IM Nº 4465/21 de fecha 23 de noviembre de 2021 se sustituyó el numeral 3.1.3 “Disposiciones Locativas”, del Capítulo 3 “De los servicios gastronómicos y plazas de comidas” de la mencionada regulación, habilitando nuevamente el funcionamiento de buffets y salad bars. También podrán contar con estos servicios los supermercados.

El artículo 1º del Dto. JDM Nº 33.934 de 24/10/11 derogó el Decreto JDM Nº 26.817 de 08/01/96 y el Dto. JDM Nº 33.583 de 08/11/10 que establecían un régimen especial de entrada en vigencia de las normas sobre Higiene de la Vivienda, Locales Comerciales e Industriales y Urbanismo.

    


Libro XVI
Del Planeamiento de la Edificación
Parte Reglamentaria
Título V
Obras sanitarias
Capítulo IV.II
Del Abastecimiento de Agua

Artículo R.1718.7 ._

(Dotaciones de consumo de agua potable). Para establecer los volúmenes de reserva del consumo diario de agua potable para diferentes tipos de establecimientos y destinos se podrán utilizar los valores que figuran en las siguientes tablas:

Tabla 1. Dotación de consumo diario de agua
 

Tipo de establecimiento

Unidad

Dotación
(Lts/día)

Vivienda media
Vivienda confortable
Edificio de escritorios
Escuelas
Hospitales y casas de salud
Hoteles con lavandería
Hoteles sin lavandería
Restaurantes
Mercados y supermercados
Garajes y servicios de automóviles
Cines, teatros, Iglesias
Consultorios médicos, policlinicas
Guardería
Fábricas
Fábricas con elaboración de comida

Por habitante
Por habitante
Por ocupante
Por alumno
Por cama
Por huésped
Por huésped
Por comida
Por m2 de área
Por auto/camión
Por lugar
Por persona
Por persona
Por operario
Por operario

150 a 200 (*)
200 a 300 (*)
50 a 80
50 a 100
250
250 a 350
120
25
5
100 a 150
2
25
50
70 a 80
100


Tabla 2. Tasa de ocupación por tipo de establecimiento
 

Naturaleza del local

Tasa de ocupación

Edificio de escritorios
Restaurantes
Cines, teatros,Iglesias
Supermercados

Una persona por 6 m2 de área
Una persona por 1.50 m2 de área
Un asiento por cada 0.70 m2 de área
Una persona por 2.50 m2 de área de servicio


(*) Para los establecimientos con destino de vivienda se podrá utilizar la siguiente fórmula de cálculo:


C: Consumo diario (Lts)
n: Nº de viviendas
i: Nº de dormitorios de la vivienda k
D: Dotación (Lts/día según Tabla 1.)
 

FuenteObservaciones
num. 15