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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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Digesto Departamental
Volumen V Tránsito y Transporte

Libro IV
Del tránsito público
Parte Legislativa
Título IV
De la función represiva
Capítulo I
De las sanciones

Artículo D.719.1 ._

En los casos de contravenciones a las disposiciones reguladoras de tránsito por estacionamiento indebido, con inmovilización y traslado de vehículos a depósito de la Intendencia de Montevideo, se liberarán los mismos contra el pago de la multa, guinchado y derecho de ocupación de piso.

Cuando el propietario, conductor, usuario o poseedor del vehículo mantenga deudas de tránsito con la Intendencia, podrá liberarse el vehículo previo pago de los montos anteriormente mencionados o reconocimiento de la deuda, estableciendo la forma de financiación de la misma. La Intendencia de Montevideo reglamentará este artículo.

FuenteObservaciones
art. 14