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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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TOTID
Título VII
Departamento de Recursos Financieros
Capítulo II
Servicio de Ingresos Vehiculares
Sección I
Patente de Rodados
 Primera Parte. Normas Generales

Artículo 403.3.1 ._

Depósito de matrículas y baja de vehículos del Registro. El sujeto pasivo del tributo de Patente de Rodados podrá, respecto a cualquier tipo de vehículo, proceder al depósito de las matrículas, así como solicitar la baja de los mismos, independientemente de la existencia de adeudos por multas de tránsito y/o Patente de Rodados. Simultáneamente deberán suscribir un documento de reconocimiento de adeudos si correspondiere.

FuenteObservaciones
art. 13