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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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Digesto Departamental
Volumen I Normas que refieren a los Gobiernos Departamentales

Título I
Constitución de la República

Artículo 104 ._

Es incompatible el cargo de Intendente con todo otro cargo o empleo público, excepción hecha de los docen­tes, o con cualquier situación personal que importe reci­bir sueldo o retribución por servicios de empresas que contraten con el Gobierno Departamental. El Intendente no podrá contratar con el Gobierno Depar­tamental.

FuenteObservaciones
art. 289