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Digesto Departamental
Volumen I Normas que refieren a los Gobiernos Departamentales

Título II
Ley Orgánica Departamental No. 9.515

Artículo 195 ._

Los suplentes actuarán de acuerdo con lo precep­tuado en el artículo 5(*) de esta ley.

FuenteObservaciones
art. 56
Nota:

Ver: (*) Se refiere al artículo 144 del Volumen I del Digesto Departamental.