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Digesto Departamental
Volumen I Normas que refieren a los Gobiernos Departamentales

Título IV
Normas de Aplicación a los Gobiernos Departamentales
Capítulo IX
Código General del Proceso (parcial)

Artículo 436 ._

Bienes inembargables. No se trabará embargo en los siguientes bienes:

8) Toda clase de bienes, cuentas o créditos del Estado y de los Gobiernos Departamentales (artículo 460 del Código Civil).

FuenteObservaciones
art. 1
art. 381 del CGP
art. 381