La Comisión de Medio Ambiente local deberá elaborar un informe, que presentará por escrito ante la Junta Local respectiva. El mismo contendrá la mención del acto o hecho ocurrido, el detalle de todas las gestiones realizadas, así como también la opinión de la propia comisión, aconsejando una resolución. Recibido el informe, la Junta Local lo tratará en la reunión inmediata siguiente que se efectúe, debiendo incluirlo en el orden del día de dicha sesión.