El titular de la Defensoría de Vecinas y Vecinos de Montevideo podrá actuar de oficio o a petición de parte interesada.
Toda persona física o jurídica interesada, podrá presentar su queja o denuncia en forma fundada.
El titular de la Defensoría de Vecinas y Vecinos de Montevideo podrá actuar de oficio o a petición de parte interesada.
Toda persona física o jurídica interesada, podrá presentar su queja o denuncia en forma fundada.
Fuente | Observaciones | |
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art. 1 | Ver Res. del Departamento de Gestión Humana y Recursos Materiales Nº 1091/17/5000 de 30/10/2017. | |
art. 10 | ||
art. 10 |
Ver Res. del Departamento de Gestión Humana y Recursos Materiales Nº 1091/17/5000 de 30/10/2017.
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