Back to top
La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.

Digesto Departamental
Volumen I Normas que refieren a los Gobiernos Departamentales

Título V
Símbolos Nacionales. Escudo Departamental. Manual de Identidad Institucional
Capítulo III
Símbolo Departamental: Escudo departamental. Decreto 17.158

Artículo 772 ._

Declárase símbolo municipal del Depar­tamento de Montevideo, al Escudo Municipal que tendrá la siguiente forma, color y características: se com­pondrá de un cuadri­látero, cuyo lado inferior se acor­dará con los laterales por medio de sendos arcos, presentando en su punto medio un ángulo de trazos curvilíneos, formando su contorno el denominado francés, teniendo por símbolos: en su inte­rior, sobre campo de plata, el Cerro y su Castillo, te­niendo por base el Mar; será atravesado del ángulo infe­rior izquierdo al superior derecho por una espada y del ángulo inferior derecho al superior iz­quierdo por una palma, los extremos de los cuales flanquearán la corona mural que ocupará el lado superior del cuadrilátero, bordeándose éste con una corona de laurel compuesta de dos ramas enlazadas con una cinta o divisa azul. Dentro de la bordura del expresado cuadrilá­tero se leerá el lema: "Con libertad ni ofendo ni temo".

FuenteObservaciones
art. 1