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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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Digesto Departamental
Volumen I Normas que refieren a los Gobiernos Departamentales

Título VII
Convenios de Patrocinios para la realización de proyectos, estudios, eventos y actividades de interés departamental o zonal. Decreto 25.398

Artículo 786 ._

Los Convenios de Patrocinio tendrán una duración máxima de 3 (tres) años. La Intendencia Municipal de Montevideo informará a la Junta Departamental de Montevideo de los que celebre y de los resultados de sus evaluaciones, así como de las sumas ahorradas por el erario municipal en virtud de los mismos.

FuenteObservaciones
art. 4