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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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Digesto Departamental
Volumen I Normas que refieren a los Gobiernos Departamentales

Título V
Símbolos Nacionales. Escudo Departamental. Manual de Identidad Institucional
Capítulo II
Banderas Nacionales. Decreto 557/976

Artículo 769 ._

No se efectuará el enarbolamiento de Banderas en los siguientes casos:
A) Cuando se trate de dependencias utilizadas como vivien­das, residencia de los funcionarios, o de servicio.
B) Cuando se trate de locales no adecuados al efecto.
C) Cuando haya razones especiales para ello, debiéndose requerir autorización previa.

FuenteObservaciones
art. 5