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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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TOTID
Título XI
Secretaría General
Capítulo I
Atrio y/o Explanada del Edificio Sede
Sección I
Tarifas de arrendamiento del Atrio y/o Explanada del Edificio Sede

Artículo 637 ._

Aprobar las tarifas de arrendamiento del Atrio y/o Explanada del Edificio Sede, que a partir del día de la fecha, serán las siguientes:

Tarifas para Clientes Externos:
Días hábiles entre las 08:00 y las 17:00 hs.

  • Atrio Completo             UR 8 por día.

  •  ½ Atrio Laterales c/u   UR 3,3 por día.

  •  ½ Atrio Fondo c/u        UR 2 por día.

  •  Atrio Ala Central           UR 3,3 por día.

Extensión horaria después de las 17:00 hs. Hasta las 20:00 hs.: 20% más.
Sábado, domingo y feriado de 08:00 a 20:00 hs.: 25% más.

Tarifas para Locaciones Montevideanas:

  • Lunes a Viernes (de 08:00 a 20:00 hs.)                   UR 5 por hora.

  • Lunes a Viernes (de 20:00 a 08:00 hs.)                   UR 6 por hora.

  • Sábados, domingos y feriados (08:00 a 20:00 hs.)  UR 7 por hora.

  • Sábados, domingos y feriados (20:00 a 08:00 hs.)   UR 8 por hora.
     

Tarifa para Actividades Comerciales y/o instalación de Carpa propiedad de la Intendencia:

  • ATRIO          Hasta 40 UR diarias

  • EXPLANADA           20 UR diarias

  • CARPA                   10 UR diarias

Encomendar al Sector Atrio y Explanada el estudio para cada situación en caso de instituciones sin fines de lucro o gubernamentales, a los efectos de definir qué tarifa corresponde.

FuenteObservaciones
num. 1
num. 2
num. 1