E1 – Publicidad y Propaganda en Estructura Calada o marquesina: Los elementos de soporte (marquesina o estructura calada) se regulan de acuerdo a lo establecido en el Volumen XV del Digesto Departamental.
La publicidad y/o propaganda no podrá sobrepasar el plano de saliente de la estructura calada o marquesina, debiendo colocarse únicamente sobre los planos frontales y laterales de la estructura, admitiéndose solamente 4 mensajes en total cuando la misma corresponda a un solo local.
Cuando la marquesina corresponda a más de un local, se admitirá como máximo 1 mensaje por empresa.
El elemento publicitario tendrá un alto máximo de 0,60 metros. Se permite la colocación de propaganda encima de la estructura, siempre que se deje libre el plano frontal y lateral de la misma y se utilicen solamente logos o letras aisladas.
En este caso la altura máxima del logo o letras será de 0,60 metros cuando el plano límite inferior de la estructura sea menor o igual a 3,60 metros y de 1,00 metro cuando el plano límite inferior se encuentre por encima de los 3,60 metros de altura respecto al nivel de piso.
No se admitirán elementos de tipo Frontal A en convivencia con los de tipo Estructura Calada o Marquesina.