E3 Geográfico cambiable- Independiente.
Se consideran geográficos independientes E3 a los carteles independientes que superen los 18.00 m² de superficie.
Deberán colocarse paralela o perpendicularmente a la vía pública, admitiéndose una inclinación máxima de 20°. En caso de implantarse perpendicularmente a la vía pública, se deberá contar con publicidad en ambas caras a excepción de los casos en que se implanten a una distancia menor o igual a 3.00 metros de una divisoria que se encuentre construida con altura mayor o igual a la del elemento de publicidad, prohibiéndose invadir su estructura a los linderos.
En ningún caso los elementos de publicidad podrán emplazarse ocupando la vía pública, ni en suelo urbano en las Áreas Central, Intermedia, Costanera (Art. D.27, Vol. IV POT) y en toda zona de ensanche o retiro frontal vigente.
Su plano límite inferior no podrá ser menor a 10.00 metros de altura respecto al nivel de vereda. El área máxima del cartel será de 48.00 m², no permitiéndose la propaganda en el soporte.
Se admite un solo elemento de propaganda de este tipo por padrón.
Cuando los elementos de propaganda se instalen en predios libres de construcciones, deberán hacerlo en forma paralela a la vía pública. Únicamente podrán colocarse en forma perpendicular a ésta cuando el predio lindero se encuentre construido hasta el límite del padrón, debiendo implantarse a una distancia menor o igual a 3.00 metros de dicha divisoria y en este caso el plano límite superior del elemento de publicidad no podrá superar el del edificio lindero.
Cuando los elementos de publicidad se implanten en predios edificados solo se autorizarán ubicados en forma perpendicular a la vía pública y a menos de 3.00 metros de las divisorias, en cuyo caso el plano límite superior no podrá superar la altura del edificio lindero en dicha divisoria.
En su esquina superior izquierda deberá ir identificada la empresa instaladora y en la esquina superior derecha deberá identificarse con letra de igual tamaño que la leyenda que identifica a la empresa, el número de permiso de autorización y su temporalidad de aprobación.