A partir del 1º de julio de 2012, la liquidación de los viáticos que realicen los funcionarios de Inspección General Descentralizada se realizará a través de la División Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación, aplicando idénticos criterios que el Servicio Central de Inspección General y de acuerdo al procedimiento que se detalla:
Las modalidades a liquidar son:
VIÁTICO A: por cada día trabajado de 6 (seis) horas diarias (de lunes a domingo) en tareas de vigilancia.
VIÁTICO B: se percibe por la sumatoria de horas trabajadas en el mes, por encima de las (seis) horas (de lunes a viernes), dividido 6 (seis).
VIÁTICO D: se cobra por las horas trabajadas por encima de las 6 (seis) horas los sábados, domingos y feriados, divididas por 6 (seis).
En los fines de semana se cobra cada 6 (seis) horas un viático A.
Los sábados corresponde viático D por las horas realizadas a posteriori del régimen de sexto día.
Los domingos y feriados laborables se cobra un viático D por cada turno de 6 (seis) horas.
Los feriados no laborables los viáticos son dobles en ambas categorías.
La realización de los viáticos se realizará no excediendo la jornada de 10 (diez) horas y media diarias de labor, salvo las excepciones que serán debidamente autorizadas por las o los Alcaldes. Se deberá realizar un día de descanso por semana.
Los Gobiernos Municipales enviarán -con la conformidad de los Alcaldes- antes del 5º día hábil de cada mes, la información de los viáticos realizados a la División Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación, la que remitirá la liquidación de viáticos correspondiente al Servicio de Liquidación de Haberes, a los efectos de que el pago se realice el mismo día de cobro de haberes del mes siguiente.