Infraestructura: Los espectáculos públicos deben garantizar la delimitación de espacios reservados para personas con discapacidades permanentes o temporarias o con movilidad reducida. Los espacios reservados de cada local en el que se lleven a cabo espectáculos públicos serán los que la autoridad departamental competente determine y se delimitarán conforme a la reglamentación respectiva.
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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.
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Digesto Departamental