Facultar al Ejecutivo Departamental a aplicar en todos los casos, a las distintas deudas generadas hasta entrada en vigencia del presente decreto, una multa de 10% (diez por ciento) y un recargo por mora del 1% (uno por ciento) mensual capitalizable.
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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.
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