Las renovaciones siguientes deberán incorporar unidades con las opciones de accesibidad previstas en el numeral anterior, hasta llegar a una proporción total de la flota del transporte del 40% (cuarenta por ciento) con el sistema de piso bajo (Low-floor o Low-entry) y 60% (sesenta por ciento) con plataformas elevadoras vehiculares.
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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.
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Digesto Departamental
Volumen V Tránsito y Transporte
Libro V
Del transporte
Del transporte
Parte Reglamentaria
Capítulo I
Del transporte urbano de pasajeros
Del transporte urbano de pasajeros
Sección III
De los vehículos
De los vehículos
Artículo R.431.5 ._
DEJADO SIN EFECTO Este artículo fue dejado sin efecto por Res.IM Nº 4787/19 de fecha 01/10/ 2019, num. 1.
Fuente | Observaciones | |
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