Back to top
La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.

Digesto Departamental
Volumen III Relación Funcional

Libro III
De la relación funcional
Parte Reglamentaria
Título  Único
Nota:

Por Res. IM Nº 0274/25, en su numeral, se establece:
1º-. Prorrogar a partir del 1º de enero y hasta el 31 de diciembre de 2025, el régimen de trabajo aprobado por Resolución Nº 0441/23 de fecha 19/01/2023, cuya última prórroga fue dispuesta por Resolución Nº 0973/24 de fecha 27/02/2024 con las modificaciones aprobadas oportunamente.

Por Res. IM Nº 4716/24 de 6/11/2024 se aprobó el texto del Convenio entre esta Intendencia y la Asociación de Empleados y Obreros Municipales (ADEOM), estableciendo en su cláusula segunda un régimen especial de jornadas de trabajo aplicable al personal perteneciente al escalafón obrero y jefaturas obreras del Servicio Mantenimiento Vial que se adhiera, por un plazo de 1 (un) año, sin perjuicio de la realización de una instancia de seguimiento cumplidos los 6 (seis) meses.

Por Res.IM Nº 0441/23 de 19/01/2023 se aprobó un régimen de trabajo especial para el Servicio Central de Locomoción, que comienza a regir a partir del 1º de enero de 2023 y que extenderá su vigencia por el término de 1 (un) año.  Por Res.IM Nº 0973/24 de 27/02/2024 se prorrogó la vigencia del citado régimen hasta el 31/12/2024.

Capítulo III.1
Del medio de identificación para funcionarios/as con tareas externas
Sección II
Documento de identificación para inspectores/as y funcionarios/as que desempeñan tareas externas

Artículo R.226.5 ._

Todos/as los/as funcionarios/as presupuestados/as y contratado/as pertenecientes a carreras y unidades habilitadas para realizar tareas externas, deberán utilizar los medios de identificación laboral expedidos por la Administración y de acuerdo a los modelos propuestos por el Servicio Administración de Gestión Humana.

Los medios de identificación laboral tendrán las siguientes características:

a) Se deberá incluir de forma obligatoria en el medio de identificación:
- Foto actual;
- Nombre y Apellido;
- Cédula de identidad;
- Carrera en la que reviste;
- Tipo de función que habilita a desempeñar tareas externas;
- Numero de expediente por el que se tramitó;
- Vencimiento en plazo de 5 (cinco) años;
- Firma del Director del Servicio de Administración de Gestión Humana o su subrogante.
El Servicio de Administración de Gestión Humana, podrá incorporar en cualquier momento, otros elementos a los medios de identificación para aumentar su seguridad (como ser un código QR o una marca de agua, etc).
En el caso de funcionarios/as inspectores que revistan en el Escalafón Profesional y Científico, contendrá además la denominación de su carrera (por ejemplo: tratándose de arquitectos, la leyenda dirá: "Inspector/a Arquitecto/a" o "Arquitecto/a Inspector/a" indistintamente).

b) Espectáculos Públicos: En el caso de inspectores de Espectáculos Públicos, debajo de la leyenda de Inspector/a contendrá otra que dirá: "Espectáculos Públicos". Por encima , en forma claramente impresa, las inscripciones "INTENDENCIA DE MONTEVIDEO": Gestión Humana y Recursos Materiales".

c) Tareas Externas: Tendrán las mismas características del formato con la modificación de la descripción que aparecerá con el color institucional, la cuál contendrá la denominación "Funcionario/a", debajo de la cual se incluirá la descripción "Tareas Externas".

d) Fiscalización Bromatológica: En el caso de funcionarios/as del Servicio de Regulación Alimentaria debajo de la leyenda de Funcionario/a contendrá otra que dirá: "FISCALIZACIÓN BROMATOLÓGICA".

La solicitud de confección, renovación y/o reimpresión del medio identificatorio se realizará vía expediente electrónico originado en la unidad habilitada a asignar tareas externas, el que será remitido al Servicio de Administración de Gestión Humana que previo a la confección solicitará, por el mismo expediente, la autorización a las Direcciones del Departamento de Gestión Humana y Recursos Materiales y del Departamento de Secretaria General.

El costo de la confección del medio de identificación deberá ser absorbido por la Unidad o Servicio solicitante.

FuenteObservaciones
num. 2
num. 1
num. 1
Incorpora el carné identificador de Inspector/a de Espectáculos Públicos.
num. 2
num. 1
num. 1
num. 1