Se admitirá la realización de reformas y remodelaciones en edificios de la Sub-Zona "A", siempre que dichas obras se realicen respetando los siguientes criterios:
a) mantenimiento y restauración de fachadas originales, con reposición de elementos desaparecidos o deteriorados, por otros similares a los originales;
b) en las construcciones con mansarda, se exigirá el mantenimiento y reparación de las mismas, admitiéndose como terminaciones los siguientes materiales: pizarra, pizarra de fibrocemento, chapa metálica y similares, de color similar al original;
c) se admitirá la realización de obras en el interior siempre que no se reduzca el dimensionado original de los patios;
d) estas obras podrán apartarse del cumplimiento de las normas vigentes, siempre que aseguren condiciones de higiene y seguridad mínimas, en los casos en que la aplicación estricta de aquellas normas pudiera dar lugar a la modificación de los valores testimoniales que se procura preservar. La autorización de estas tolerancias, será cometido de la Comisión Especial Permanente que al efecto considerará y resolverá sobre cada caso particular.