Lineamientos de Estrategia Territorial. Establecer los siguientes lineamientos de Estrategia Territorial contemplando la acción coordinada del Gobierno Nacional, los Gobiernos Departamentales y los actores privados para los distintos suelos y/o localizaciones:
I) Suelo categoría rural
I.1) Suelo subcategoría rural natural
I.2) Suelo subcategoría rural productiva
II) Localización de actividades y usos industriales
III) Localización de actividades y usos logísticos
I) Suelo categoría rural.
Conciliar la protección de las áreas rurales naturales y el desarrollo económico y social en las áreas rurales productivas, de modo ambientalmente sustentable.
I.1) Suelo subcategoría rural natural.
Consolidar y promover la identificación, delimitación y protección de las áreas rurales naturales significativas por sus valores ecosistémicos, paisajísticos e histórico-culturales, con una visión integral de la realidad metropolitana.
En este marco se impulsan distintas variedades de actividades turísticas, desde el ecoturismo al turismo vinculado a la producción agrícola y actividades con fines recreativos, de investigación, de divulgación y culturales.
Promover la exclusión del desarrollo de las actividades mineras en el suelo subcategoría rural natural.
I.2) Suelo subcategoría rural productiva.
Consolidar y promover la identificación, delimitación y protección de las áreas rurales productivas. Fomentar su uso intensivo y sustentable, de acuerdo a la capacidad de los suelos. Fortalecer la diversidad en el uso del suelo y las continuidades físico-espaciales. Utilizar instrumentos de planificación-gestión compartidos y promover medidas interinstitucionales con visión regional.
II) Localización de actividades y usos industriales.
Promover la localización ordenada de actividades y usos industriales en suelo categoría urbana y suelo categoría suburbana, en condiciones tales que no afecten el ambiente, en vinculación con la infraestructura vial -red vial nacional y redes primarias departamentales- y ferroviaria.
Los instrumentos de ordenamiento territorial departamentales definirán zonas específicas para la ubicación preferente de estas actividades.
III) Localización de actividades y usos logísticos.
Promover la localización ordenada de actividades y usos logísticos en suelo categoría urbana y suelo categoría suburbana, de modo integrado y compatible con otros usos y actividades, en áreas vinculadas al Puerto y al Aeropuerto mediante la infraestructura vial y/o ferroviaria.
Los instrumentos de ordenamiento territorial departamentales definirán zonas específicas para la ubicación preferente de estas actividades.
Back to top
La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.
Digesto Departamental
Volumen IV Ordenamiento Territorial, Desarrollo Sostenible y Urbanismo.
Nota:
El artículo 1º del Dto. JDM Nº 33.934 de 24/10/11 derogó el Decreto JDM Nº 26.817 de 08/01/96 y el Dto. JDM Nº 33.583 de 08/11/10 que establecían un régimen especial de entrada en vigencia de las normas sobre Higiene de la Vivienda, Locales Comerciales e Industriales y Urbanismo.
ATENCIÓN: EL VOLUMEN IV DEL DIGESTO DEPARTAMENTAL CAMBIÓ SU DENOMINACIÓN, ESTRUCTURA Y NUMERACIÓN. Ver Dto. JDM Nº 34.870 de 25 de noviembre de 2013, arts. 2º, 3º y 11º, este último en la redacción dada por Dto. JDM Nº 34.889 de 5 de diciembre de 2013, art. 1º.
Libro I
Instrumentos del ámbito regional
Instrumentos del ámbito regional
Parte Legislativa
Título I
Estrategias regionales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo sostenible para el área Metropolitana
Estrategias regionales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo sostenible para el área Metropolitana
Artículo D.168 ._
Fuente | Observaciones | |
---|---|---|
art. 1 num. 6 |