Declaración de Interés Departamental: Se declaran de Interés Departamental, las actividades de ordenamiento y planificación del territorio del Departamento de Montevideo; así como la protección del ambiente y del patrimonio natural y cultural.
Las actuaciones de las personas públicas y privadas sobre el territorio deberán ajustarse a la planificación vigente y serán fiscalizadas y supervisadas por las autoridades departamentales con competencia urbanística y territorial.
Las actividades de ordenamiento territorial del departamento de Montevideo, se realizarán en forma coordinada y concertada con los organismos nacionales que aborden la política territorial y ambiental. Se tendrán presentes, los Instrumentos de ordenamiento y gestión territorial definidos en el ámbito nacional, regional, departamental y metropolitano. Se observarán las Directrices Nacionales de Ordenamiento y Desarrollo Territorial Sostenible y los Programas Nacionales de Ordenamiento y Desarrollo Territorial Sostenible, así como las Estrategias Regionales de Ordenamiento Territorial Metropolitanas (EROT-M).
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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.
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Digesto Departamental
Volumen IV Ordenamiento Territorial, Desarrollo Sostenible y Urbanismo.
Nota:
El artículo 1º del Dto. JDM Nº 33.934 de 24/10/11 derogó el Decreto JDM Nº 26.817 de 08/01/96 y el Dto. JDM Nº 33.583 de 08/11/10 que establecían un régimen especial de entrada en vigencia de las normas sobre Higiene de la Vivienda, Locales Comerciales e Industriales y Urbanismo.
ATENCIÓN: EL VOLUMEN IV DEL DIGESTO DEPARTAMENTAL CAMBIÓ SU DENOMINACIÓN, ESTRUCTURA Y NUMERACIÓN. Ver Dto. JDM Nº 34.870 de 25 de noviembre de 2013, arts. 2º, 3º y 11º, este último en la redacción dada por Dto. JDM Nº 34.889 de 5 de diciembre de 2013, art. 1º.
Libro II
Instrumentos del ámbito departamental
Instrumentos del ámbito departamental
Parte Legislativa
Apartado I Directrices Departamentales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible.
Capítulo I
Disposiciones Generales.
Disposiciones Generales.
Artículo D.174 ._
Fuente | Observaciones | |
---|---|---|
art. 4 | art. 3 de las Directrices Departamentales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible. |