A la Oficina de Gestión de Proyectos Estratégicos compete:
a) Desarrollar la metodología necesaria para que cada proyecto cuente con las herramientas que permitan una eficiente gestión del mismo;
b) Impulsar la eficiente y eficaz gestión de los proyectos involucrados, de forma que se cumplan los alcances, plazos y presupuestos especificados en los documentos de gestión, así como otras metas que se definan específicamente;
c) Desarrollar un trabajo transversal entre las distintas reparticiones de la Intendencia de Montevideo, de forma de optimizar los recursos y evitar ineficiencias;
d) Mantener informado al Intendente de Montevideo, a los Directores de los Departamentos y Divisiones involucradas, y demás agentes interesados en la ejecución de los proyectos sobre los avances y riesgos ocurrentes, a fin de tomar las decisiones adecuadas para su debida concreción.
A efectos del cumplimiento de sus cometidos, la Oficina de Gestión de Proyectos Estratégicos podrá comunicarse en forma directa e inmediata con los Directores Generales de Departamento y los Directores de División competentes en relación a cada proyecto a desarrollar, así como con otras instituciones o personas vinculadas a los mismos. El apoyo administrativo a la OGPE será proporcionado por la Secretaría General, en cuanto fuere pertinente.
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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.
Digesto Departamental
Volumen II Procedimiento.Competencia
Libro I
De la organización y de la competencia
De la organización y de la competencia
Parte Reglamentaria
Título II
De la competencia de los órganos de la Intendencia
De la competencia de los órganos de la Intendencia
Capítulo II
De los órganos asesores y de contralor
De los órganos asesores y de contralor
Artículo R.19.65 ._
Fuente | Observaciones | |
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num. 2 | num. 3 |