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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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Digesto Departamental
Volumen II Procedimiento.Competencia

Libro I
De la organización y de la competencia
Parte Reglamentaria
Título II
De la competencia de los órganos de la Intendencia
Capítulo I
De los cometidos de los órganos ejecutivos y de sus dependencias

Artículo R.19.59.1 ._

A la Gerencia Tecnología para Ciudades Inteligentes compete:

- Impulsar el diseño e implantación de modelos y sistemas de gestión certificados.

- Promover la adopción de soluciones innovadoras hacia un Montevideo más sostenible, en concordancia con las políticas que se definen a nivel país.

- Proveer una plataforma tecnológica adecuada para brindar soluciones orientadas a la ciudadanía.

- Articular diversas iniciativas internas y externas para la integración en una plataforma tecnológica de ciudades inteligentes.

- Establecer pautas para la elaboración del Plan de Desarrollo Tecnológico, incluyendo objetivos, prioridades, asignación de recursos y oportunidad de realización, entre otros en coordinación con la Dirección General del Departamento y la Gerencia de Tecnología de la Información.

FuenteObservaciones
num. 2