Pago de Horas Extras, Viáticos y reintegro de gastos dentro del país con rendición de cuentas.- Los funcionarios que por razones de servicio y disposición superior deban cumplir tareas fuera del Departamento de Montevideo, pero dentro del país tendrán derecho a percibir horas extras a fin de compensar el periodo que supere su horario normal de trabajo.
Asimismo dichos funcionarios tendrán derecho a percibir los siguientes viáticos compensatorios:
1) un viático por pernocte a fin de reintegrar los gastos de alojamiento;
2) un viático de alimentación destinado a reintegrar los gastos de manutención,
3) un viático por transporte correspondiente al reintegro de los gastos devengados por pasajes y gastos eventuales o extraordinarios en que deba incurrir por el traslado al lugar destinado a cumplir tareas, así como el flete de instrumentos de trabajo necesarios para el cumplimiento de la comisión, siempre que hayan sido autorizados por el jerarca respectivo.