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Título IV
DE LAS COMISIONES. HONORARIOS. PARTICIPACIONES Y VIATICOS.
Capítulo X
De los Viáticos
XIII. Funcionarios en comisión de servicio fuera de los límites del Departamento de Montevideo
Artículo 211.29 ._
Control.-
A) Partidas:
La Contaduría General dará cuenta al Director General del Departamento de Gestión Humana y Recursos Materiales de los funcionarios que no hayan presentado en forma y plazo las rendiciones de cuentas correspondientes.
B) Horas extraordinarias:
El jerarca respectivo –responsable de Unidad- será el encargado de calcular las horas extraordinarias de labor insumidas en la comisión de servicio y de ingresarlas al sistema informático para su liquidación.
| | art. 10º de la reglamentación. |