La facultad prevista en el artículo anterior, con los requisitos y límites allí establecidos, será de aplicación en los siguientes casos:
a) vehículos cuyos permisos hayan sido adjudicados por el llamado a precios No. 604/2016.
b) vehículos cuyos permisos sean adjudicados por otros llamados a precios.
c) vehículos eléctricos producto del recambio de vehículos a combustión que se realicen hasta el día 31 de diciembre de 2020.