Reliquidar las deudas por Contribución Inmobiliaria y tributos de cobro conjunto, al amparo del Decreto Nº 36.045 de 6 de mayo de 2016, eximiendo a las viviendas prometidas en venta por parte Banco Hipotecario del Uruguay y la Agencia Nacional de Vivienda de la condición establecida en el artículo 2º del mencionado Decreto.(*)
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Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.
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