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Digesto Departamental
Volumen VI Higiene y Asistencia Social

Parte Legislativa
Título XIV
Del uso de glifosato, plaguicidas y herbicidas.
Nota:

Por Res IM Nº 2823/20, de fecha 10 de agosto de 2020, se aprobó la Reglamentación del Decreto Nº 37.073 del 16/5/19, promulgado por la Res IM Nº 2513/19 del 27/5/19, por el cual se facultó a la Intendencia a prohibir la aplicación de forma habitual de glifosato y demás plaguicidas y herbicidas sintéticos en las tareas relativas al arbolado y mantenimiento de los espacios verdes de uso.


Artículo D.2173.5 ._

Facultar a la Intendencia de Montevideo a crear, en forma coordinada con los Municipios, un plan de fiscalización y control para el transporte y eliminación definitiva de envases, y restos de los mencionados plaguicidas y herbicidas sintéticos que se encuentren en la órbita pública, en el ámbito privado y en las empresas contratadas que brindan servicios por vía de licitación o compra directa.

FuenteObservaciones
art. 5
Nota:

Por Res.IM Nº 2513/19 de 27.05.2019, num. 4º se hizo uso de la facultad referida en el presente artículo, encomendando la tarea al Departamento de Desarrollo Urbano.