Certificación de conocimientos y habilidades. Facúltase a la Intendencia a modificar, mediante la transformación del cargo presupuestal o del contrato, la Carrera perteneciente al Escalafón Obrero, Sub-escalafones Auxiliar O1 y Oficial Práctico O2 por otra clasificada en el Sub-escalafón Oficial O3 y perteneciente al Escalafón Obrero, Sub-escalafón Oficial Práctico O2 por otra clasificada en el Sub-escalafón Oficial O3, en los Niveles de Carrera IV y V de los funcionarios que hubieren aprobado las distintas instancias del proceso formativo y prestado su consentimiento de cambio de Carrera por escrito, de acuerdo a la reglamentación respectiva que se dictará a tales efectos, como resultado del proceso de capacitación establecido en el Digesto Departamental. Esta modificación sólo implicará un cambio en el Grado SIR del funcionario, cuando el Nivel de Ingreso de la nueva Carrera sea superior al Nivel de Carrera que posee el funcionario.
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Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.
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Digesto Departamental