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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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Digesto Departamental
Volumen V Tránsito y Transporte

Libro V
Del transporte
Parte Reglamentaria
Título II
De los servicios privados de interés público
Capítulo VIII
Del uso de Plataformas Electrónicas para la Contratación de Transporte de Pasajeros
Sección IV
Del listado de aspirantes a permisarios

Artículo R.523.101 ._

Cupos: La Intendencia de Montevideo a través del Departamento de Movilidad determinará la cantidad de cupos que se habilitarán de las Secciones número 1 y 2. En caso de que los inscriptos en alguna de las Secciones no sea suficiente, podrá recurrirse a la otra Sección a efectos de completar el cupo establecido. La cantidad de lugares habilitados para el cupo de nuevos permisarios con vehículo eléctrico solo será integrada por los aspirantes inscriptos en la Sección número 3.

FuenteObservaciones
num. 1
art. 5º de la reglamentación