A partir del 21 de octubre de 2019 y conforme a lo establecido por el artículo 19 numeral 31 de la Ley 9.515, de 28 de octubre de 1935(*), tres de cada cuatro nombres de personas que se incorporen al Nomenclátor de Montevideo deberán ser de mujeres.
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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.
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Digesto Departamental
Volumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público
Libro X
De los espacios públicos y de acceso al público
De los espacios públicos y de acceso al público
Parte Legislativa
Título I
De los paseos Públicos
De los paseos Públicos
Capítulo I.I
Denominación de calles y espacios públicos
Denominación de calles y espacios públicos
Sección I
Homenaje a personas fallecidas, desaparecidas en forma forzada o involuntaria por razones políticas, o ausentes
Homenaje a personas fallecidas, desaparecidas en forma forzada o involuntaria por razones políticas, o ausentes
Artículo D.2248.3 ._
Fuente | Observaciones | |
---|---|---|
art. 1 |
Nota:
(*) Ver artículo 158 del Volumen I del Digesto Departamental.