Objeto. El objeto de las presentes disposiciones lo constituye la prevención y tratamiento del acoso sexual en los espacios públicos o de acceso público, en el transporte público o transporte privado de interés público.
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De los espacios públicos y de acceso al público
Del acoso sexual en espacios públicos o de acceso al público
Disposiciones generales
Por Res.IM Nº 2487/21 de fecha 05/07/2021, num. 1º se aprueba el “Protocolo de actuación ante situaciones de acoso sexual en el sistema de Transporte Publico Colectivo”, en aplicación del Dto. JDM Nº 37.358 aprobado con fecha 12/12/2019 sobre “Prevención y Abordaje del Acoso Sexual en los Espacios Públicos o de Acceso Público”.
Este protocolo rige para la actuación que debe cumplir la Intendencia de Montevideo y las empresas de transporte colectivo, ante la denuncia de un/a usuaria/o del transporte sobre una situación de acoso sexual en los ómnibus, paradas o terminales, refiriendo a situaciones de acoso sexual que ocurran en el vínculo entre la/el usuaria/o con el personal de la unidad y/o inspectivo en funciones, otorgando un plazo máximo de 60 días para la ejecución de todos los pasos que establece el protocolo.