El Certificado de Registro de Gravámenes y Afectaciones de Inmuebles creado por Decreto Nº 15.706 de fecha 31/07/1972 en su artículo 123, dejará constancia cuando un inmueble mantenga exoneración tributaria total o parcial y hará referencia a lo previsto en el artículo 601.25.4.
Periódicamente la Dirección del Servicio de Gestión de Contribuyentes comunicará al Servicio de Ingresos Inmobiliarios la lista de inmuebles con exoneraciones tributarias totales o parciales sobre los que se haya expedido Certificados de Gravámenes y Afectaciones de Inmuebles e información registral de los cambios de titularidad.