Perros Potencialmente Peligrosos:
A) Serán considerados perros potencialmente peligrosos, aquellos que cuenten con las características definidas por la COTRYBA, según Resolución Nº 002/2019 del 29 de marzo de 2019.
B) Será obligatorio para los perros potencialmente peligrosos que se encuentren en el espacio de uso público y en cualquier horario, el uso de bozal.
C) No podrán ser portadores de animales con tal patrón morfológico/comportamental, todas aquellas personas que puedan suponer incapacidad física o psíquica para garantizar el adecuado dominio del animal.