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Volumen XV Planeamiento de la Edificación.
Nota: Por Res.IM Nº 4465/21 de fecha 23 de noviembre de 2021 se sustituyó el numeral 3.1.3 “Disposiciones Locativas”, del Capítulo 3 “De los servicios gastronómicos y plazas de comidas” de la mencionada regulación, habilitando nuevamente el funcionamiento de buffets y salad bars. También podrán contar con estos servicios los supermercados.
El artículo 1º del Dto. JDM Nº 33.934 de 24/10/11 derogó el Decreto JDM Nº 26.817 de 08/01/96 y el Dto. JDM Nº 33.583 de 08/11/10 que establecían un régimen especial de entrada en vigencia de las normas sobre Higiene de la Vivienda, Locales Comerciales e Industriales y Urbanismo.
Libro XVI
Del Planeamiento de la Edificación
Título XIV.II
Construcciones o estructuras en situación de ruina o deterioro.
Capítulo III
Protocolo de actuación vinculado a inmuebles urbanos vacíos y degradados
Artículo R.1894.34 ._
Proyecto de rehabilitación. El proyecto de rehabilitación ingresará directamente en el Sector Seguridad Edilicia quien emitirá constancia de recibo señalando la fecha de presentación. Al Sector Seguridad Edilicia le corresponderá:
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evaluar que el proyecto cumpla con la forma y contenido mínimo requerido por la normativa pudiendo plantear observaciones al proyecto, solicitar información o documentación complementaria o aclaratoria;
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evaluar en primera instancia las acciones inmediatas propuestas pudiendo solicitar apoyo a estos efectos al Servicio de Salubridad Pública.