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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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Digesto Departamental
Volumen XV Planeamiento de la Edificación.
Nota:

Por Res.IM Nº 4465/21 de fecha 23 de noviembre de 2021 se sustituyó el numeral 3.1.3 “Disposiciones Locativas”, del Capítulo 3 “De los servicios gastronómicos y plazas de comidas” de la mencionada regulación, habilitando nuevamente el funcionamiento de buffets y salad bars. También podrán contar con estos servicios los supermercados.

El artículo 1º del Dto. JDM Nº 33.934 de 24/10/11 derogó el Decreto JDM Nº 26.817 de 08/01/96 y el Dto. JDM Nº 33.583 de 08/11/10 que establecían un régimen especial de entrada en vigencia de las normas sobre Higiene de la Vivienda, Locales Comerciales e Industriales y Urbanismo.

    


Libro XVI
Del Planeamiento de la Edificación
Parte Reglamentaria
Título XIV.II
Construcciones o estructuras en situación de ruina o deterioro.
Capítulo III
Protocolo de actuación vinculado a inmuebles urbanos vacíos y degradados

Artículo R.1894.36 ._

Seguimiento de ejecución del proyecto de rehabilitación. Una vez aprobado el proyecto de rehabilitación, el/la propietario/a debe ejecutarlo cumpliendo con los plazos y condiciones técnicas previstas en el mismo.

El seguimiento del proyecto se realiza mediante 2 (dos) mecanismos: por un lado, el artículo 12.2 del Decreto Nº 242/019 del 26/VIII/2019 que dispone que la Intendencia podrá realizar el seguimiento del proyecto, para lo cual se la habilita a coordinar visitas de obra y solicitar documentación. La Intendencia debe informar de los incumplimientos que detecte al Juzgado. Por otra parte, el artículo 12.6 del referido decreto le exige al/a la titular del proyecto que cada 90 (noventa) días presente en el Juzgado un certificado de cumplimiento de proyecto firmado por el/la técnico/a (arquitecto/a o ingeniero/a civil). Esto le permitirá al accionante (MVOT – ANV) y a la Intendencia, estar informados del estado de cumplimiento.

El seguimiento del proyecto a que refiere el artículo 12 del citado decreto será realizado por el Sector Seguridad Edilicia para lo cual podrá requerir el apoyo de los servicios intervinientes en la evaluación del proyecto.

FuenteObservaciones
num. 1
literal C)