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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.

TOTID
Título V
Departamento de Movilidad
Capítulo III
Servicio Contralor de Conductores
Sección II
Tasas sobre Licencias de Conducir. Derecho a Examen Teórico y Práctico para Conductores
Nota:

Los valores establecidos en la presente Sección, se actualizan cuatrimestralmente.


Artículo 164.2.2 ._

Facultar a la Intendencia de Montevideo a exonerar del pago de la tasa de expedición de licencias de conducir, a aquellas personas que:

A) transiten la liberación de algún centro de reclusión y sean asistidas por el Patronato Nacional de Encarcelados y Liberados dependiente del Ministerio del Interior,

B) participan de talleres de capacitación en el área de seguridad vial realizados en conjunto entre INAU, SIRPA(*), Intendencia de Montevideo y UNASEV.(**)

FuenteObservaciones
art. 1
Nota:

(*) Ver Ley Nº 19.367 de 31/12/2015 que creó el INISA como Servicio Descentralizado, en sustitución del SIRPA.

(**) Por Res.IM Nº 80/15, de fecha 12 de enero de 2015, num. 2º, se hizo uso de la facultad establecida en el presente artículo.