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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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TOBEFU
Título II
DE LAS COMPENSACIONES ESPECIALES EN ATENCION A LA TAREA DESARROLLADA
Nota:

Ver Res.IM Nº 583/12 de 06/02/12 que aprueba el Protocolo de Consideración de situaciones generadas en procesos de Evalucación Inicial, Evaluación de Desempeño y Calificación General. Y sus modificaciones en el num. 3 de la Res. IM Nº 2948/18.

Por Res. IM Nº 0590/21 de fecha 01 de febrero de 2021, se convalida el Acuerdo Bipartito celebrado con ADEOM, con fecha 15 de enero de 2021, y se crea una compensación con el objeto de resarcir -de forma ficta- los eventuales gastos derivados del trabajo a distancia, relacionados con los medios vinculados al desarrollo de la actividad.

Por Res. IM Nº 0441/23 de 19/01/23 se aprueba el Régimen de trabajo del Servicio Central de Locomoción estableciendo una Partida de Asistencia Única para los funcionarios comprendidos en este Régimen. El plazo de dicho Régimen se prorroga a partir del 1º de Enero de 2024 hasta el 31 de Diciembre de 2024 por Res. IM Nº 0973/24 de 27/02/24, incorporando además la Partida de Ómnibus.

Capítulo VI.I
Compromisos de Gestión

Artículo 75.4 ._

Alcance y ámbito de aplicación.

Cada compromiso de gestión alcanza a todos los funcionarios y funcionarias de la Administración Departamental o en comisión de otro organismo, que desempeñan efectivamente la mayor parte de su jornada reglamentaria en las dependencias que lo integran.

La aplicación de esta herramienta en los Gobiernos Municipales requiere una reglamentación específica, acorde a sus particularidades.

FuenteObservaciones
num. 2
Punto 3 del Anexo
num. 1
Punto 3 y 4 del Anexo